Fue noticia en septiembre de 2017: la Policía Nacional llevaba a cabo una operación en la que detenía a tres hombres por cultivar 1.341 plantas de marihuana y falsificar 30.000 prendas de ropa interior.
El caso instruido en el juzgado nº3 de Ontinyent fue juzgado en la Audiencia Provincial de Valencia, que en marzo de 2023 dictó sentencia en la que los tres implicados, un empresario, su hijo y un tercer hombre fueron condenados a penas de 3 años y seis meses de prisión y multas de 1.000.000 para el empresario y su hijo y 500.000 euros para el cuidador de la plantación. Los tres apelaron ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que rebajó la multa de un millón de euros a 500.003 para dos de los acusados y la multa de 500.000 euros impuesta al tercer implicado la rebajó a la mitad. 
Los acusados presentaron un recurso de casación contra la sentencia del TSJCV al entender que no se habían tenido en cuenta la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y por la falta de motivación indebida de la circunstancia analógica de drogadicción.
La Fiscalía pidió la inadmisión de los recursos y finalmente, la Sala de lo Penal del Supremo ha desestimado el recurso y por tanto confirmado la condena para el empresario textil, su hijo y un tercer implicado.
Cabe recordar que las plantas de marihuana fueron encontradas en una fábrica del polígono El Pla a la que se entraba por una puerta oculta desde una nave de las que era propietario el empresario. Una tercera persona, en este caso encargada del cuidado de la plantación también fue condenado a 3 años de cárcel y multa de 251.000 euros.
El Tribunal Supremo no acepta el motivo de dilaciones indebidas ni tampoco la alegación que dos de los encausados presentaron para que se tuvieran en cuenta la circunstancia de drogadicción como atenuante.