La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado al cartero que ente 2004 y 2015 incumplió su obligación de repartir las cartas. Concretamente, la sentencia considera probado que se apoderó de un total de 3.272 cartas, todas ellas con direcciones en Ibi y Ontinyent, unas cartas que no distribuyó y acumuló en un anexo a su domicilio en Alcoy. 
La sentencia entiende que hay atenuante de reparación del daño y de confesión de los hechos.
Por ello, se le condena a dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la pena de diez meses de multa, con una cuota diaria de seis euros. También se le impone la inhabilitación para empleo o cargo público por cuatro años.
La sentencia también acepta la petición de la defensa, aceptada por los acusadores, de suspender la ejecución de la pena de prisión, con la condición de que el condenado no delinca en un plazo de cuatro años.